19 octubre, 2025

Sanciones por no usar chalecos ni cascos en motociclistas se aplicarán de forma progresiva desde noviembre

Sanciones por no usar chalecos ni cascos en motociclistas se aplicarán de forma progresiva desde noviembre

Mediante Resolución Directoral N.° 012-2025-MTC/15 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), modificada por Resolución Directoral N.° 018-2025-MTC/15, se establecieron las especificaciones técnicas para el uso de chalecos distintivos y cascos de seguridad por parte de los conductores y acompañantes de motocicletas, disponiéndose también un periodo de implementación previo a la entrada en vigencia de las sanciones por su incumplimiento.

Con relación al chaleco distintivo, las sanciones se aplicarán desde el 17 de noviembre, exclusivamente en los lugares que, hasta el 18 de abril de 2025, hayan sido declarados en estado de emergencia por orden interno, informa el MTC.

Es importante precisar que el estado de emergencia por orden interno es una medida excepcional que el Gobierno adopta cuando la paz social y la seguridad ciudadana se ven gravemente comprometidas.

En ese marco, el MTC busca reforzar la seguridad vial y ciudadana en contextos críticos, garantizando la trazabilidad de las motocicletas y facilitando la labor de identificación que realiza la Policía Nacional del Perú (PNP).

Es preciso señalar que las infracciones sobre el uso de chalecos distintivos en motociclistas se sancionan mediante el código G.68 (no portar el chaleco) y G.69 (impedir la visibilidad de la placa consignada en el chaleco). En ambos casos, la multa asciende a S/428 (8 % de la UIT), implica la acumulación de 20 puntos en el récord del conductor y la retención del vehículo.

Respecto al casco de seguridad, se dispone que conductores y acompañantes de motocicletas deben portar cascos certificados y, además, el conductor debe usar anteojos protectores transparentes cuando el casco no tenga protector cortaviento o el vehículo carezca de parabrisas.

Las sanciones se aplicarán de la siguiente forma:

· Desde el 18 de noviembre de 2025 en los lugares que, hasta el 18 de abril de 2025, hayan sido declarados en estado de emergencia por orden interno.

· Desde el 18 de diciembre de 2025 en el resto del país.

Estos implementos deben cumplir con las especificaciones técnicas establecidas mediante Resolución Directoral N° 012-2025-MTC/15. Es preciso señalar que la infracción sobre el uso de cascos de seguridad asciende a S/428, la acumulación de 40 puntos en el récord del conductor y la retención del vehículo.

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